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Venezuela: no podemos reconstruir el país perdiendo sus activos, por Rosana Sosa García

Venezuela debe invertir en su reconstrucción, recuperar su industria petrolera y no petrolera, cambiar su gobernanza, garantizar protección social y reestructurar una deuda que ha […]

Por: Redacción InteractPostNews | México ·
Venezuela: no podemos reconstruir el país perdiendo sus activos, por Rosana Sosa García

Venezuela debe invertir en su reconstrucción, recuperar su industria petrolera y no petrolera, cambiar su gobernanza, garantizar protección social y reestructurar una deuda que ha dejado de pagar durante años.

Ninguna de esas exigencias puede cumplirse sin abordar antes las preguntas fundamentales: qué se está comprometiendo, quiénes participan en la toma de decisiones, cuáles son los principios de negociación y cuánto patrimonio quedará para la reconstrucción del país.

Es necesario que la sociedad venezolana entienda lo que está sucediendo y no se deje engañar por una narrativa que confunda anuncios con recuperación, inversión con un buen negocio o reestructuración con triunfo.

Una operación puede atraer capital y no ser beneficiosa para el país. Hay reestructuraciones que disminuyen la deuda y aniquilan el patrimonio al mismo tiempo, y contratos que producen ingresos en el presente a cambio de comprometer activos y flujos que Venezuela necesitará durante años.

Apresurar los procesos al ritmo de intereses particulares locales e internacionales, sin transparencia ni debida diligencia, conducirá con alta probabilidad al fracaso de la mayoría.

Una advertencia que ya conocemos

El caso de los bonos PDVSA 2020 debería ser suficiente para entender por qué.

En 2016, PDVSA propuso intercambiar bonos que vencían en 2017 por nuevos títulos con vencimiento en 2020. La operación terminó con la emisión de más de 3.300 millones de dólares y quedó garantizada con el 50,1 % de las acciones de Citgo Holding, uno de los activos más importantes de Venezuela en el exterior. La documentación judicial confirma tanto la estructura de la garantía como que alrededor del 39,4 % del principal de los bonos ofrecidos participó en el canje.¹

Hay un elemento de aquella operación que merece hoy particular atención. El informe pericial de Allan Brewer-Carías, rendido por la parte venezolana, sostiene una conclusión jurídica determinante: que el Indenture y el Pledge Agreement, por involucrar a PDVSA y PDVSA Petróleo  afectaría de manera decisiva un activo estratégico, por ello se requería autorización previa de la Asamblea Nacional conforme a los artículos 150 y 187.9 de la Constitución.² La propia Asamblea Nacional se pronunció en el mismo sentido en su resolución del 27 de septiembre de 2016.³

En este caso es esencial una evaluación imparcial de la actuación de las firmas consultoras financieras y legales en el caso Citgo, con el fin de determinar hasta qué punto protegieron el patrimonio nacional.

Esa revisión importa hoy porque varias de ellas podrían estar presentes en la reestructuración que se plantea actualmente, y parte de esa trayectoria consta en registros públicos.?

Una reestructuración soberana de esta magnitud no puede descansar únicamente en “relaciones institucionales” o capacidad técnica. Necesita controles.

Cuanto mayor sea el poder de un asesor, intermediario, acreedor o contratista para influir sobre el resultado, mayor debe ser la diligencia aplicada sobre sus antecedentes y posibles conflictos.

No se trata de mirar hacia atrás por revancha, sino de evitar que la historia se repita.

Quienes tengan influencia sobre esas decisiones deben estar sujetos a estándares extraordinarios de independencia, transparencia y ausencia de conflictos. Sus antecedentes y actuaciones anteriores son relevantes y deben poder examinarse las opiniones que contribuyeron a estructurar operaciones que terminaron comprometiendo activos estratégicos.

Conviene decir también en qué momento está hoy esa controversia.

El 20 de febrero de 2024, el New York Court of Appeals resolvió que la validez de los bonos 2020 debía examinarse conforme al derecho venezolano y devolvió el caso a los tribunales federales.? El 18 de septiembre de 2025, la jueza Katherine Polk Failla, del Distrito Sur de Nueva York, falló que los bonos y su garantía fueron válidamente emitidos bajo ese derecho y que la doctrina del act of state no se aplicaba a las decisiones de la Asamblea Nacional alegadas por PDVSA.?

La polémica tampoco es cosa del pasado. Desde octubre de 2019, la OFAC ha venido aplazando la entrada en vigor de la autorización que permitiría a los acreedores del bono PDVSA 2020 ejercer derechos sobre la garantía constituida con el 50,1 % de Citgo Holding. La Licencia General 5Y, expedida el 3 de agosto de 2026, trasladó esa fecha al 17 de septiembre de 2026.?

Si antes de ese día la OFAC no dicta una nueva prórroga, la autorización entrará en vigor y desaparecerá un obstáculo sancionatorio esencial para la ejecución de la garantía.

Después de casi siete años de aplazamientos, la pregunta ya no admite indiferencia: ¿qué puede hacerse todavía para proteger Citgo?

Perder uno de los principales activos de Venezuela sin haber agotado todas las vías para defenderlo no sería solamente una pérdida económica. Sería un asesinato patrimonial.

Los antecedentes importan

Esa discusión se vuelve aún más importante cuando Venezuela se encuentra preparando una reestructuración de su deuda y, al mismo tiempo, se dan a conocer operaciones que ponen en riesgo activos, petróleo e ingresos futuros.

Nada de esto supone excluir anticipadamente a nadie. Supone establecer, mediante una revisión independiente, quién reúne las condiciones para participar en decisiones que pueden comprometer el patrimonio de varias generaciones.

Paralizar la pérdida patrimonial es una exigencia necesaria

El problema hoy es aún más grave.

Venezuela puede realizar enormes esfuerzos para negociar una disminución de su deuda y descubrir después que ha perdido una parte considerable de los activos y flujos que requería para financiar su capacidad de reembolso y su recuperación económica.

Hay que actuar simultáneamente en varias áreas: utilizar todos los instrumentos jurídicos disponibles para proteger los activos de la República frente a ejecuciones; estudiar los riesgos derivados de sentencias y laudos vigentes; identificar las posiciones de acreedores que podrían permanecer fuera de una reestructuración y litigar; y someter las operaciones petroleras recientes a un análisis patrimonial y económico riguroso.

Siempre con una debida diligencia reforzada, como lo hemos propuesto constantemente en Pilar 0.

Los litigios, la deuda, Citgo, los laudos y los acuerdos petroleros no son asuntos aislados.

Compiten por el mismo patrimonio.

Cada activo perdido reduce la capacidad futura de generar ingresos. Del mismo modo, cada flujo petrolero comprometido limita el margen de maniobra que Venezuela necesita para una reconstrucción económica y social real, tanto ahora como en los próximos gobiernos.

Un contrato desfavorable traslada riqueza presente hacia terceros a costa de ingresos futuros, y toda ejecución reduce la base patrimonial sobre la cual deberá levantarse la recuperación.

También deberían comprenderlo los acreedores legítimos. Proteger los activos venezolanos no significa desconocer sus derechos.

Una Venezuela progresivamente desprovista de patrimonio, capacidad productiva e ingresos futuros será también un peor deudor. La preservación de activos capaces de generar caja puede ser una condición para que una reestructuración resulte sostenible y para que los nuevos instrumentos tengan verdadero valor.

Por eso la quita de la deuda no puede analizarse independientemente de la pérdida de activos.

Una gran quita acompañada de una gran reducción patrimonial, puede terminar siendo un pésimo negocio para Venezuela.

Derecho a conocer la realidad

En los últimos días se han acumulado críticas justificadas en torno al acuerdo petrolero canalizado a través de la empresa NABEP.

Constituida apenas en 2024 y con una trayectoria corporativa todavía corta, la compañía ha pasado en dos años a ocupar una posición central en un proyecto que comprende concesiones por 100 años sobre 17 campos petroleros, con aproximadamente 65.000 millones de barriles de reservas probadas y un plan de inversión que la propia empresa estima en hasta 100.000 millones de dólares.?

La cuestión no es personal ni ideológica. Es elemental en cualquier operación de esta magnitud.

¿Qué proceso competitivo, evaluación independiente y debida diligencia permitieron determinar que esta era la contraparte que ofrecía las mejores condiciones económicas, financieras y operativas para Venezuela?

Las dudas adquieren mayor relevancia cuando los términos conocidos conceden derechos de extraordinaria duración y alcance sobre el principal activo del país.

El Pilar 0 no puede limitarse entonces a la deuda.

Debe extenderse también a las empresas capaces de comprometer, por generaciones, activos, ingresos y recursos estratégicos.

Esa revisión exige identificar a los beneficiarios finales, reconstruir el proceso de adjudicación, comprobar la capacidad financiera y operativa de las contrapartes y valorar de forma independiente lo concedido.

Solo así podrá determinarse cuánto valor económico conserva realmente Venezuela.

Muchos analistas apuntamos, desde distintos ángulos, hacia un mismo problema: el riesgo de comprometer una parte extraordinaria del patrimonio energético venezolano sin que el país conozca todavía con suficiente claridad qué entrega, a quién, en qué condiciones y a cambio de qué.

Nadie pone en duda la necesidad de inversión extranjera.

Para recuperar una industria que ha perdido gran parte de su capacidad productiva, Venezuela requiere capital, tecnología y operadores competentes.

Lo que no se puede justificar es que una decisión de tal envergadura se adopte sin un proceso competitivo, con condiciones no expuestas en su totalidad y sobre una estructura cuya legalidad, rentabilidad, viabilidad financiera y sostenibilidad futura deben ser suficientemente acreditadas.

Y existe otra pregunta inevitable: ¿de qué manera se obtendrá el capital necesario para transformar las reservas comprometidas en producción efectiva?

Hay además una pregunta que Venezuela tiene derecho a plantear.

¿Cómo es posible que derechos de tal envergadura sobre algunos de nuestros recursos petroleros más valiosos terminen en manos de una compañía vinculada con un empresario que ha sido objeto de investigaciones relacionadas con presunto lavado de dinero en Estados Unidos, España y Suiza?

En 2025 Alejandro Betancourt fue detenido en dos ocasiones en el Reino Unido con relación a solicitudes de extradición. La solicitud suiza fue retirada en mayo de 2026 por razones que la Fiscalía de Zúrich atribuyó a particularidades del derecho británico de extradición, pero la investigación penal suiza continuó. Betancourt ha negado haber cometido irregularidades.?

A ello se suma la trayectoria de Derwick Associates. OCCRP documentó que la empresa obtuvo, en apenas 14 meses entre 2009 y 2011, contratos con empresas estatales venezolanas por más de 5.000 millones de dólares para proyectos eléctricos, adjudicados sin licitación competitiva. La misma investigación señaló que ni los expertos consultados ni sus periodistas encontraron evidencia de experiencia previa de sus fundadores en el sector energético, afirmación que la empresa ha desmentido.?

Todo ello forma parte de un proceso contractual que expertos, periodistas e instituciones como Transparencia Venezuela han señalado como uno de los episodios más opacos, asociados al colapso eléctrico venezolano.

Conviene recordar el costo humano de esa devastación.

La Encuesta Nacional de Hospitales, un sistema independiente de monitoreo de los hospitales públicos del país, registró 164 muertes atribuibles a fallas eléctricas solo en 2019 y, entre 2019 y 2021, contabilizó al menos 233 fallecimientos asociados a interrupciones del suministro en los centros hospitalarios monitoreados.¹?

Durante el gran apagón de marzo de 2019, Codevida reportó la muerte de quince pacientes renales por la paralización de los servicios de diálisis: nueve en Zulia, dos en Trujillo y cuatro en el Hospital Pérez Carreño de Caracas.¹¹

Todavía en 2024, el 68 % de los hospitales evaluados reportaba fallas eléctricas entre uno y dos días por semana, mientras un 16 % las sufría entre seis y siete días.

Cuando hay un corte de energía en un hospital no solo se va la luz. Se ven afectados los quirófanos, las unidades de cuidados intensivos, los equipos de soporte vital, los bancos de sangre y los servicios de diálisis.

La magnitud del desastre eléctrico en Venezuela también es esa.

No corresponde anticipar responsabilidades que deben determinar los tribunales.

La pregunta es otra y resulta esencial para la defensa patrimonial del país: ¿qué proceso de debida diligencia reforzada, evaluación de integridad, verificación de competencia , capacidad financiera y valoración independiente justificó otorgar derechos sobre recursos estratégicos de tal magnitud a una contraparte sometida a esos cuestionamientos?

Y con ella, ¿cuánto valor conservará realmente Venezuela?

No basta saber cuánto petróleo existe bajo tierra ni cuántos barriles adicionales pueden producirse.

Hay que descontar los derechos concedidos, la participación de terceros, las condiciones fiscales, los costos de inversión, las obligaciones contractuales y los riesgos jurídicos.

Esa valoración debe hacerse antes, no después de haber comprometido el recurso.

La hoja de ruta debería ser sencilla: saber qué tenemos, determinar qué debemos legalmente acreditado a través de una debida diligencia reforzada, valorar qué estamos entregando, identificar a las contrapartes y sus beneficiarios finales y proteger aquello que necesitaremos para financiar la reconstrucción.

Ese mismo principio debe regir la deuda, Citgo, los activos estratégicos y los derechos sobre las reservas petroleras: primero auditar y valorar, después proteger y solo entonces negociar o comprometer patrimonio.

La verdadera medida del éxito no será cuántos barriles se anuncien ni cuánto capital se prometa, sino cuánto valor neto permanezca finalmente en manos de Venezuela.

Producir más petróleo mientras disminuye el patrimonio que corresponde al país no sería reconstrucción, sino financiar el presente hipotecando el futuro.

 

El estrecho margen social para equivocarse nuevamente

El 68,5 % de los hogares venezolanos se encuentra en pobreza económica y el 31,7 % en pobreza extrema, según la ENCOVI 2025.

Un hogar de cada tres no tiene todavía ingresos suficientes para satisfacer apropiadamente sus necesidades alimenticias, y el 55 % vive en condiciones de pobreza multidimensional.¹²

La emergencia también está en las aulas. Según UNICEF, tres millones de niños y jóvenes de 3 a 24 años no tienen acceso a la educación.

La misma entidad alerta acerca de la disminución de servicios fundamentales y calcula que 5,2 millones de personas no tienen acceso seguro al agua.¹³ Según ACNUR, alrededor de 7,9 millones de migrantes venezolanos se encuentran actualmente fuera del país, de los cuales más de 6,9 millones permanecen en América Latina y el Caribe.¹?

La fragilidad macroeconómica sigue siendo profunda.

La inflación mensual llegó al 19,9 % en julio de 2026; si ese ritmo se sostuviera durante un año, la inflación acumulada rondaría el 780 %.¹?

No estamos ante una economía que pueda permitirse gestionar mal otra oportunidad de recuperación.

Estas cifras deberían acompañar cualquier discusión sobre miles de millones de dólares de inversión, petróleo, deuda o activos, porque detrás de cada barril comprometido, cada porcentaje de recuperación de un bono y cada activo ejecutado se encuentra una nación que requiere recursos para restaurar la infraestructura, los hospitales, las escuelas, los servicios públicos y la capacidad productiva; crear empleos y establecer las condiciones necesarias para que millones de personas en Venezuela puedan vivir dignamente y tengan la oportunidad de regresar si así lo quieren.

Ese es el balance real que debería hacerse.

Lo que realmente está en juego

Un futuro gobierno democrático no heredará solamente una deuda.

Heredará los contratos que hoy se firmen, las garantías que se otorguen, los derechos petroleros que se comprometan, los litigios que continúen, las sentencias y laudos que puedan ejecutarse y, finalmente, los activos que todavía queden.

Puede cambiar el gobierno. El patrimonio perdido no necesariamente regresa con él.

Por eso la sociedad venezolana debe comprender lo que está sucediendo y exigir información suficiente para distinguir la recuperación de la transferencia de patrimonio, y la inversión de una concesión desfavorable o de la simple redistribución de pérdidas.

Venezuela necesita inversión, producción petrolera, una solución ordenada a su deuda y recuperar el acceso a los mercados internacionales. Pero nada de eso puede lograrse renunciando a conocer, con precisión y transparencia, qué se está firmando.

Tras una destrucción que ha dejado a casi siete de cada diez hogares en pobreza, a uno de cada tres en pobreza extrema, a tres millones de niños y jóvenes fuera del sistema educativo y a casi ocho millones de venezolanos fuera del país, el estándar de decisión debe ser mucho más alto.

No podemos permitir que una narrativa de recuperación oculte el costo patrimonial de las decisiones que se están adoptando.

Lo que no se examina a tiempo se descubre después, cuando ya es un hecho consumado y resulta mucho más difícil de revertir.

El riesgo no está solo en la deuda. Una reestructuración puede lograr una quita significativa y, aun así, convertirse en un fracaso si deja al país con menos patrimonio para reconstruirse.

Ese sería el resultado si Venezuela pierde activos estratégicos en malos convenios, compromete por adelantado sus ingresos petroleros y reduce los recursos necesarios para financiar su recuperación.

No habría entonces éxito alguno, sino un escenario desastroso para el país.

Venezuela no llega desarmada a esta discusión. La sociedad venezolana no puede ser espectadora de decisiones que comprometen su patrimonio y su futuro.

Tiene el derecho y la responsabilidad de exigir transparencia, escrutinio y rendición de cuentas, y dispone dentro y fuera del país de juristas, economistas y técnicos capaces de hacerlo.

Todavía estamos a tiempo de examinar, advertir y corregir.

Después de todo lo perdido, no podemos reconstruir Venezuela entregando lo que queda.

Es el momento de mirar de frente lo que está ocurriendo, evaluarlo con rigor y defender con gallardía lo que todavía nos pertenece.

No por nostalgia, sino porque el patrimonio que hoy se compromete es el de generaciones que no están sentadas en esa mesa.

Notas y fuentes

  1. Expediente de Petróleos de Venezuela S.A. v. MUFG Union Bank, N.A. (Distrito Sur de Nueva York) y documentación de PDV Holding: estructura del canje, garantía sobre el 50,1 % de Citgo Holding y participación del 39,4 % del principal ofrecido.
  2. Informe pericial de Allan Brewer-Carías y memorando de Hogan Lovells del 21 de septiembre de 2016. Exhibit A publicado por PDV Holding.
  3. Resolución de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela del 27 de septiembre de 2016.
  4. Registro FARA de Hogan Lovells US LLP presentado el 30 de junio de 2026 ante el Departamento de Justicia de Estados Unidos.
  5. Petróleos de Venezuela S.A. v. MUFG Union Bank, N.A., New York Court of Appeals, 20 de febrero de 2024, 2024 N.Y. Slip Op. 00851.
  6. Sentencia de la jueza Katherine Polk Failla, Distrito Sur de Nueva York, 18 de septiembre de 2025.
  7. OFAC, Licencia General 5Y, “Authorizing Certain Transactions Related to the Petróleos de Venezuela, S.A. 2020 8.5 Percent Bond on or After September 17, 2026”, 3 de agosto de 2026, y FAQ 595.
  8. The White House, “Fact Sheet: President Donald J. Trump Announces Historic Oil Agreement to Secure American Energy Dominance and Drive Venezuela’s Economic Recovery”, 31 de agosto de 2026. La comunicación oficial señala concesiones por 100 años a NABEP sobre 17 campos con aproximadamente 65.000 millones de barriles de reservas probadas y un plan de inversión de hasta 100.000 millones de dólares.
  9. Reuters, “The Venezuelan billionaire the US investigated for money laundering now has a Pentagon oil deal”, 5 de septiembre de 2026; Financial Times, “Alejandro Betancourt: the man who would be Trump’s ‘viceroy’ in Venezuela”, 31 de agosto de 2026; The Washington Post, “A Venezuelan oilman faced a Swiss arrest warrant. The U.S. had other plans for him”, 27 de agosto de 2026; OCCRP, “Hundiendo a Venezuela en la oscuridad”. Reuters documenta investigaciones en Estados Unidos, España y Suiza y señala que Betancourt no ha sido formalmente acusado; The Washington Post documenta las detenciones en Reino Unido, la solicitud suiza de extradición y la continuidad de la investigación; OCCRP documenta los contratos de Derwick por más de 5.000 millones de dólares, su adjudicación sin licitación competitiva y las controversias sobre la experiencia previa de sus fundadores.
  10. Encuesta Nacional de Hospitales (ENH), informes de 2019, 2021 y 2024.
  11. Deutsche Welle/AFP, “Mueren 15 pacientes de diálisis en Venezuela por el apagón”, 10 de marzo de 2019, con información de Codevida y declaraciones de su director, Francisco Valencia. La organización reportó nueve fallecimientos en Zulia, dos en Trujillo y cuatro en el Hospital Pérez Carreño de Caracas.
  12. Encuesta Nacional de Condiciones de Vida (ENCOVI) 2025, Universidad Católica Andrés Bello.
  13. UNICEF Venezuela.
  14. ACNUR y Plataforma de Coordinación Interagencial para Refugiados y Migrantes de Venezuela (R4V).
  15. Banco Central de Venezuela, notas de prensa sobre el INPC de julio y agosto de 2026.